72260000 Suministros Negociado

Servicios informáticos de apoyo a la tramitación masiva de expedientes de regulación temporal de empleo derivados del estado de alarma.

N/D EUR 2020-05-13

Importes

Importe sin IVA
No disponible EUR
Importe total
No disponible EUR

Fechas y plazos

Fecha de publicacion
2020-05-13
Fecha de adjudicación
2020-05-11

Clasificación CPV

Código
72260000
Descripcion
No disponible

Organismo contratante

Consejería de Presidencia

NIF: S3333001J

Asturias (ES120)

Adjudicación

Adjudicatario

T-SYSTEMS ITC IBERIA, SA

NIF: A81608077

Importe adjudicado 36,374.49 EUR
1 ofertantes
Motivo de adjudicación

El artículo 22 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establece unas medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma. A raíz de la aprobación de esa norma y con una suspensión de la actividad económica tan generalizada en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, el número de solicitudes de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor ha sido muy elevado llegando a colapsar el funcionamiento administrativo de la Dirección General de Trabajo, órgano competente para resolver estas solicitudes. Para empezar, el volumen de solicitudes hicieron imposible la resolución de los procedimientos en el plazo de cinco días señalado en el artículo 22 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo de lo que se dio cuenta mediante la Resolución de 30 de marzo de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19. Ahora bien, estos procedimientos estaban adaptados para gestionar expedientes electrónicos en un volumen que podemos calificar como ordinario, esto es, entre unos 250 -300 expedientes anuales que son los que este órgano tramita en condiciones normales. Por tanto, los gestores no disponían de ninguna funcionalidad de tramitación masiva, ni tampoco la necesitaron hasta ahora. Dada las implicaciones económicas y sociales de los expedientes de regulación temporal de empleo, la falta de tramitación en plazo supondría que las personas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo, no llegarán a recibir las correspondientes prestaciones por desempleo.

Adjudicado: 2020-05-11

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Metadatos

ID del contrato
104/2020
Archivo fuente
licitacionesPerfilesContratanteCompleto3_20200724_002734_5.atom
Importado
2026-01-22 14:50