72500000 Suministros Negociado

Servicio de consultoría “Epsilon Analyticis” y módulos “Epsilon Oficina Online”

9,476.00 EUR 2021-04-28

Importes

Importe sin IVA
9,476.00 EUR
Importe total
11,465.96 EUR

Fechas y plazos

Fecha de publicacion
2021-04-28
Duracion del contrato
8 meses
Fecha de adjudicación
2021-04-27

Clasificación CPV

Código
72500000
Descripcion
No disponible

Organismo contratante

Gerencia del Hospital Intermutual de Levante

NIF: G46052924

Valencia/València (ES523)

Adjudicación

Adjudicatario

CARLOS CASTILLA INGENIEROS, S.A.

NIF: A43066299

Importe adjudicado 9,476.00 EUR
1 ofertantes
Motivo de adjudicación

Atendiendo a la regulación contemplada en el artículo 168 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público, los órganos de contratación podrán adjudicar contratos utilizando el procedimiento negociado, sin la previa publicación de un anuncio de licitación, cuando concurran las circunstancias tasadas en dicho precepto. De conformidad con lo indicado en el párrafo anterior, y atendiendo a la justificación aportada por el Director de Recursos Humanos, en su Informe de fecha 20 de abril de 2021, nos encontramos en un caso en el que resulta justificada la necesidad de que la empresa adjudicaría resulte ser la empresa Grupo Castilla, entidad fabricante y distribuidor único de EPSILON en España. A mayor abundamiento, estamos ante un contrato que goza de exclusividad técnica debido a la exclusividad que dicha empresa ostenta sobre determinados derechos exclusivos que sólo pueden ser fabricados y/o entregados por este concreto proveedor, haciendo necesaria la adjudicación del contrato a esta empresa determinada. Es por los motivos expuestos, y de conformidad con la regulación establecida por los artículos 118.3, 318 a) y 168.a) 2º LCSP, que se propone la adjudicación del presente Contrato mediante el procedimiento de Adjudicación Directa, con base en las siguientes razones: - Apelar a un uso racional de la figura del negociado sin publicidad cuando existen razones de exclusividad. - Respetar el principio de eficiencia en la contratación pública impuesto por el artículo 1 LCSP. - Promover la agilidad en la tramitación de los expedientes de contratación.

Adjudicado: 2021-04-27

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Metadatos

ID del contrato
HIL/2021/02/0029
Archivo fuente
licitacionesPerfilesContratanteCompleto3_20210429_180912_2.atom
Importado
2026-01-22 15:02